El viernes 7 de enero nos comunicó Recursos Humanos la forma en que aplicará el aumento dictado en las paritarias de Octubre 2010. Se hará en dos etapas: La primera del 15% sobre el básico será retroactiva a Octubre del 2010, el primer mes de aplicación de aumento queda en manos del sindicato (esto es usual en todos los sindicatos) por lo que cobraremos la diferencia retroactiva del 15% para los meses de Noviembre y Diciembre, más los ajustes que resulten en función del nuevo sueldo (horas extras, vacaciones, aguinaldo, etc.). Enero se cobra con el 15%. La empresa avisó que hará uso del item “A cuenta futuros aumentos” absorbiendo en algunos casos la totalidad del aumento, estamos tratando que se revea esta situación pero por ahora no tuvimos respuesta de Recursos Humanos. Por otro lado se pagará la suma de $2400 en concepto de 3 sumas fijas de $800 estipuladas por el sindicato el año pasado y que la empresa prefirió pagarlas todas juntas con el recibo de Enero. La segunda parte del ...

Comentarios
Por favor! posteen mas seguido y cosas importantes, aunque sea posteen que no hay novedades pero se esta trabajando en algo!!
Gracias y saludos a todos! :)
El sentido que esa imagen tiene es justamente mostrar que no se cumple con el convenio colectivo de trabajo y es sólo un ejemplo de los tantos reclamos que llevamos en todas las reuniones a las que asistimos
Con la liquidación de este mes tienen que cobrar, quienes asistieron esos días y todavía no lo hicieron, el pago de los dias no laborables de diciembre del año pasado (23 y 29), reclamo que estamos haciendo desde que se comunicó esa disposición para todos en la empresa y no es una excepcionalidad ni una cuestión extraordinaria, es sencillamente atender a un reclamo que llevamos adelante desde hace meses y que repetimos van a cobrar a fin de mes.
Todos y cada uno de los pedidos/reclamos/denuncias que nos hacen son trasladados a la empresa para que les den una solución; a saber y como ejemplos:
- El chequeo de 12 señales
- El goce del franco compensatorio en tiempo y forma.
- La distribución de horas extras en forma equitativa.
- La falta de personal suficiente en algunos sectores de la empresa
- Los servicios tercerizados.
- Cambios de categoría para compañeros que desempeñan funciones de categorías superiores de manera habitual
- Idénticas condiciones de trabajo, remuneraciones y horarios para quienes realizan tareas para la empresa desde una tercerizada.
- Malos tratos, abuso y discriminación.
- Aplicación de sanciones de manera unilateral y arbitraria.
Para algunas encontramos solución en forma más inmediata que para otras, pero no dejamos de presentarlas la cantidad de veces que haga falta.
Saludos
De: Barila, Pablo Enviado el: jue 01/09/2011 19:40
Para: *CSS OPERATORS-Internal Use Only-
CC: Iezzi, Claudio; *CSS BOC Supervisors -Internal Use Only-
Asunto: Intercambio de puestos de trabajo de común acuerdo entre operadores
Datos adjuntos:
Ver como página Web
Operadores,
De acuerdo a las inquietudes que algunos de ustedes me hicieron llegar respecto al POD 0, les recuerdo que no está permitido el intercambio de puestos de trabajo entre compañeros de común acuerdo.
Deben cubrir el puesto que se les asigna sin importar cual sea.
Gracias. Saludos
Pablo