ARTICULO 141: DÍAS FERIADOS Y FRANCOS: Las jornadas de labor realizadas por el personal en días francos, feriados nacionales, o no laborables pagos, o locales y/o provinciales y/o territoriales, determinados por el presente convenio se abonaren con el 100% de recargo calculando el valor hora según las pautas de liquidación para horas extras cualquiera sea el tiempo de trabajo en esos días, se abonar una jornada de labor como mínimo de acuerdo a lo pactado, y las que excedan de dicho lapso se liquidarán de igual forma. En todos los casos se otorgar además un día compensatorio.
N o contamos siempre con los medios para hablar con todos a la vez e informar de las novedades. El blog es un lugar de acceso público al que tanto empleados como empleadores pueden entrar y opinar. La base del convenio es la misma que está como PDF al costado y que puede ser bajada. Informar todos los pormenores de cambios, propuestas, negativas, etc. es bastante frustrante y puede llevar a desinformación e incluso a pensar en mala intención. P or ejemplo hoy nos dicen: se dará un aumento retroactivo, pero no se especifica de que manera hasta 15 días después, y en ese momento te das cuenta que fue todo una intención bochada por zaraza zaraza, y entonces hay que asumir que nos apuramos a informar? U na negociación es un proceso que requiere de ambas partes un compromiso mínimo de confidencialidad, para que de por resultado un acuerdo, y un acuerdo es eso, el fruto de una negociación; aunque se entienda como una tautología el enunciado pretende dar a conocer que ambas partes fijan posici...
Comentarios
Da la cara y dejá de medrar desde las sombras (revolear kk que le dicen)...(?)
También tenemos entendido que hay una comisión con representantes de la empresa y del sindicato para hacer respetar el convenio. Para ir finalizando no hay peor subalterno que el que se sabe inferior por carecer de tener ideas y pensamiento propio.
La pregunta antes formulada no fue respondida sino que la persona que respondió utilizó una evasiva ingenua y sin contenido. Es menester que se haga cumplir el convenio y fundamentalmente ese art.141. Saludos.